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SECCIÓN SINDICAL DE BARCELONA |
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Antigüedades promociones militares |

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El Tribunal Supremo viene a decir desde 1998 que deben aplicarse los criterios contenidos en el X Convenio Colectivo de RENFE, dando por superadas todas las situaciones, conflictos y acuerdos anteriores.
Criterios de aplicación del X Convenio Colectivo, actualmente vigentes: Son los establecidos en los artículos 20, 26 y 27 del X Convenio Colectivo de RENFE (BOE 26-8-1993, corrección de errores 8-2-1994) que contiene el articulado de la llamada Normativa Laboral de RENFE. De estos preceptos se concluye:
La fecha de antigüedad en la Red a efectos personales (como cuatrienios) es la fecha de incorporación a la Agrupación de Movilización y Prácticas de Ferrocarriles o al Regimiento de Zapadores Ferroviarios.
La fecha de antigüedad en la Red a efectos de concursos y de cualesquiera otros derechos que hayan de resolverse y adjudicarse en concurrencia con terceros, es la fecha correspondiente a dos años antes a la fecha prevista para su incorporación a la Red como agentes civiles.
La fecha de antigüedad en la categoría de ingreso: a) con carácter general es la misma que la de antigüedad en la Red. b) pero, a efectos de concursos o cuando haya de resolverse algo en concurrencia con terceros, es la fecha correspondiente a dos años antes a la fecha de su incorporación a la Red como agente civil. c) y para ascensos automáticos y clasificación, es la fecha prevista en el nombramiento como agente civil. Se hace excepción total cuando se trate de la categoría de Ayudante de Maquinista Autorizado: a todos los efectos la fecha de antigüedad en esta categoría es la correspondiente a la fecha de incorporación a la Red como agente civil.
La reclamación de antigüedad en la categoría de ingreso no será eficaz, debido a que la mayoría de los trabajadores procedentes de estas promociones, actualmente ya no ostentan la categoría que ingresaron en RENFE, bien por reclasificaciones, bien por ascensos automáticos, bien por cambios voluntarios (ascensos) de categoría, etc.
No obstante, RENFE-Operadora alcanzó un acuerdo el 27/07/2006 para las promociones de la 44ª y 45ª de MP, sobre algunos aspectos de su antigüedad:
La antigüedad en la Red para concursos o cuando haya de resolverse algo en concurrencia con terceros, es de dos años antes a la fecha prevista de incorporación como civiles a la Red. Por tanto, es 15-9-1985 para la 44ª, y 15-9-1986 para la 45ª.
La antigüedad en la categoría de Ayudante Maquinista Autorizado es la de incorporación a RENFE como civiles, siempre que se hayan incorporado como personal de conducción.
Asimismo, para los de las promociones 26ª y 27ª, se concertó el 20-12-2006 un similar acuerdo en RENFE-Operadora, concretando las fechas de antigüedad a efectos de concursos y para resolver en concurrencia con terceros: 15/9/85 y 15/9/86 respectivamente.
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